El reglamento europeo sobre inteligencia artificial regula de forma progresiva los sistemas de IA, incluidos los ya integrados en sus herramientas cotidianas (Microsoft 365 Copilot, por ejemplo). SYAGA le ayuda a inventariar sus usos reales, comprender las obligaciones que le afectan y construir un plan de acción, sin jerga y sin promesas numéricas que no estén verificadas.
Un reglamento europeo que ya se aplica, a menudo sin que la empresa lo haya advertido
El Reglamento (UE) 2024/1689 (fuente EUR-Lex) regula la gobernanza de los sistemas de inteligencia artificial dentro de la Unión Europea. Su entrada en aplicación se produce por niveles sucesivos según el tipo de obligación de que se trate.
Funcionalidades de inteligencia artificial ya están integradas en suites ofimáticas ampliamente desplegadas en las empresas, como Microsoft 365 Copilot. Muchas organizaciones las utilizan sin haber inventariado formalmente ese alcance.
Entre las herramientas proporcionadas por proveedores, los desarrollos internos y los agentes automatizados desplegados en plataformas ya existentes, el alcance real de los sistemas de IA utilizados rara vez está documentado de forma centralizada.
Como con cualquier nueva normativa, es mejor aclarar pronto el alcance de exposición que descubrir una obligación en el momento de un control o de una solicitud de un cliente, una aseguradora o un socio.
Un acompañamiento en 5 etapas, calibrado con usted según su alcance real de sistemas de IA
Comprender el contexto, las herramientas ya implantadas y los proyectos de IA en curso o previstos. Objetivo: delimitar un alcance de análisis realista, no una lista teórica.
Herramientas de proveedores (incluidas las funcionalidades de IA ya integradas en sus suites ofimáticas), desarrollos internos, automatizaciones y agentes desplegados en sus plataformas existentes.
Determinar, para cada sistema identificado, en qué medida usted es proveedor o responsable de despliegue en el sentido del reglamento, y qué obligaciones generales se derivan de ello para su organización.
Un plan de acción estructurado, priorizado según el riesgo y el esfuerzo, sin promesa de resultado jurídico: los puntos sensibles se señalan para su verificación por un asesor jurídico especializado.
Entrega del expediente de cartografía y del plan de acción, con un tiempo de intercambio para responder a las preguntas de sus equipos.
Documentos de trabajo concretos, adaptados a su alcance real
Inventario estructurado de los usos identificados durante el encuadre y la cartografía.
Un documento de divulgación que relaciona cada sistema identificado con las grandes categorías de obligaciones del reglamento, en lenguaje claro.
Una hoja de ruta operativa para su organización.
El AI Act no se analiza solo: se articula con textos que usted ya conoce
Texto de referencia sobre la gobernanza de los sistemas de inteligencia artificial dentro de la Unión Europea. Fuente: EUR-Lex.
En cuanto un sistema de IA trata datos personales, las obligaciones del RGPD (Reglamento UE 2016/679) siguen siendo aplicables en paralelo a las obligaciones propias del AI Act.
La cartografía de los usos de IA se inscribe de forma natural en un proceso de gobernanza de sistemas más amplio (política de seguridad, gestión de riesgos), especialmente si su organización ya está concernida por NIS2 o un proceso ISO 27001.
Funcionalidades como Copilot introducen IA en herramientas ya utilizadas a diario. Su uso entra dentro del alcance a cartografiar, incluso sin un proyecto de IA "visible".
El alcance de un diagnóstico AI Act varía demasiado según el número y la naturaleza de los sistemas de IA utilizados como para proponer un precio genérico. Elaboramos un presupuesto después del encuadre.
Alcance establecido con usted desde la etapa de encuadre
Escríbanos para un primer intercambio y un presupuesto personalizado.